Seguro Médico ASISA para Autónomos
Seguro médico ASISA para autónomos: 100% deducible en IRPF. Desde 27,67€/mes con copago o 46,97€/mes sin copago. +50.000 médicos en España. Alta inmediata.
Preguntas frecuentes
¿Cuál es la diferencia entre ASISA Salud Pymes y Salud Pymes Plus para autónomos?
ASISA Salud Pymes tiene copago por consulta (prima más baja, sin carencias). ASISA Salud Pymes Plus no tiene copago en ninguna consulta (mayor prima, carencias estándar en hospitalización). Ambas tienen exactamente las mismas coberturas médicas: hospitalización, cirugía, urgencias, ASISA LIVE y dental preventiva.
¿Qué ventajas fiscales tiene el seguro médico para autónomos?
Las primas del seguro médico son gasto deducible en IRPF: hasta 500€/persona/año para el autónomo, cónyuge e hijos dependientes (1.500€/año para personas con discapacidad). Aplica tanto en estimación directa como en módulos, y puedes incluir a toda la familia.
¿Cuánto me puedo deducir en el IRPF por el seguro médico?
Puedes deducirte hasta 500€ por ti, 500€ por tu cónyuge o pareja y 500€ por cada hijo incluido en la póliza. Por ejemplo, una familia de 4 miembros podría deducirse hasta 2.000€ anuales. Para personas con discapacidad el límite sube a 1.500€/persona.
¿Tiene carencias el seguro médico para autónomos ASISA?
Salud Pymes no tiene carencias excepto para maternidad (8 meses) y hospitalización psiquiátrica (8 meses). Salud Pymes Plus tiene carencias estándar en hospitalización y cirugía programada. En ambas modalidades, las urgencias y consultas ambulatorias están disponibles desde el primer día.
¿Qué cubre ASISA Salud Pymes/Pymes Plus para autónomos?
Ambas modalidades cubren: medicina general y más de 40 especialidades, hospitalización ilimitada en habitación individual con cama de acompañante, urgencias 24h, cirugía ambulatoria y hospitalaria, embarazo y parto, trasplantes, prótesis e implantes, pruebas diagnósticas, dental preventiva, ASISA LIVE (telemedicina, psicólogo, fisioterapia) e indemnización por fallecimiento por accidente de 6.000€.
¿Puedo incluir a mi cónyuge e hijos en el seguro como autónomo?
Sí. Puedes incluir a tu cónyuge o pareja de hecho y a todos tus hijos dependientes en la póliza. Las primas de familiares directos también son deducibles fiscalmente en IRPF hasta 500€/persona/año, lo que hace especialmente ventajosa la contratación familiar.
¿Qué es ASISA LIVE y está incluido en mi seguro?
ASISA LIVE es la plataforma de telemedicina de ASISA, incluida sin coste adicional en ambas modalidades. Permite videoconsultas en más de 20 especialidades, apoyo psicoemocional con psicólogo o psiquiatra, telerrehabilitación guiada por fisioterapeuta y programas de salud personalizados, todo desde casa.
¿Incluye dental el seguro médico para autónomos ASISA?
Sí. Ambas modalidades incluyen dental preventiva (revisiones, limpiezas básicas). Adicionalmente puedes añadir ASISA Dental con más de 30 servicios gratuitos y descuentos de hasta el 50% en ortodoncia e implantes.
¿Cubre accidentes laborales el seguro ASISA para autónomos?
Sí. El seguro cubre la asistencia médica derivada de accidentes laborales y de tráfico, complementando la cobertura de la Seguridad Social. Especialmente importante para autónomos sin mutua de accidentes de trabajo.
¿Incluye hospitalización en habitación individual?
Sí. La hospitalización incluye habitación individual con cama para acompañante en todos los centros propios y concertados de ASISA, sin límite de días y sin coste adicional.
¿Cuánto cuesta el seguro médico para autónomos?
ASISA Salud Pymes (con copago) tiene un precio desde 27,67€/persona/mes. ASISA Salud Pymes Plus (sin copago) desde 46,97€/persona/mes. El precio varía según tu provincia y tramo de edad.
¿Puedo deducir el seguro aunque tribute en módulos?
Sí. La deducción del seguro médico aplica tanto en estimación directa como en estimación objetiva (módulos). Las primas del autónomo y sus familiares directos son deducibles en ambos regímenes.
¿Cuánto me puedo deducir exactamente por el seguro médico siendo autónomo?
Hasta 500€/año por el autónomo, 500€/año por el cónyuge y 500€/año por cada hijo menor de 25 años. Para personas con discapacidad el límite es 1.500€/persona/año.